REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO ARAGUA
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT
Servicio de Administración Tributaria Municipal (SATRIM)
COMUNICADO SATRIM N° 002-2020 | Maracay, 12 de noviembre de 2020 |
ERICK ALEXANDER BENI FLORES
Superintendente Tributario Municipal
En uso de las atribuciones legales conferidas en el artículo 4o de la Reforma de la Ordenanza del Servicio de Administración Tributaria Municipal (SATRIM), en concordancia con el artículo 5o numerales 17, 22 y 23 de la Ordenanza ut supra y según lo dispuesto en el artículo 38, ordinal 4 y el artículo 49 de la Ordenanza sobre Instrumentos Jurídicos Municipales.
CONSIDERANDO
Que el Superintendente Tributario Municipal, podrá divulgar a través del portal fiscal y de las redes sociales creadas para tal fin, de manera excepcional y con carácter general, la ampliación del plazo normal para la declaración anticipada mensual y el pago de las obligaciones no vencidas del impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, cuando nuevos requerimientos técnicos, tecnológicos y jurídicos incidan en el Servicio de Administración Tributaria Municipal (SATRIM), todo según lo previsto en la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, publicada en la Gaceta Municipal N° 24.633 Extraordinario, de fecha 17 de septiembre de 2020.
Siendo así se emite el siguiente:
COMUNICADO SATRIM 002-2020
“DECLARACIÓN Y PAGO DEL MES DE OCTUBRE DE 2020 DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS HASTA EL 20-11-2020”
PRIMERO. Los contribuyentes o responsables que ejerzan actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, están obligados a realizar durante los primeros quince (15) días continuos del mes de noviembre de 2020, la declaración anticipada mensual vía electrónica y el pago del impuesto sobre actividades económicas del mes de octubre de 2020, pudiendo realizar estas obligaciones de manera excepcional hasta el viernes 20 de noviembre de 2020 con el valor del Petro a la fecha del pago y realizando la respectiva notificación de pago el mismo día en caso de realizar TRANSFERENCIA BANCARIA.
SEGUNDO. El plazo ampliado para la declaración anticipada mensual y el pago respectivo del mes de octubre de 2020, concedido de conformidad con este Comunicado SATRIM N° 002-2020, no causarán los intereses moratorios previstos en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario, ni las multas previstas en la Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar, publicada en la Gaceta Municipal N° 24.633 Extraordinario, de fecha 17 de septiembre de 2020.
TERCERO. Se exhorta a los contribuyentes o responsables señalados en este Comunicado SATRIM N° 002-2020, a realizar la declaración anticipada mensual y el pago antes del 15 de noviembre de 2020, en caso de no haber presentado situaciones tecnológicas que afecten el cumplimiento de la obligación de la declaración anticipada del mes de octubre de 2020 y del pago,
CUARTO. Se exhorta a los contribuyentes y responsables que se beneficien de la ampliación del lapso en cinco (5) días continuos otorgados en este Comunicado SATRIM N° 002-2020, que realicen la declaración anticipada mensual y el pago del mes de octubre de 2020, entre los días 16 al 19 de noviembre de 2020, para evitar que quede diferido el pago y en el caso de ser transferencia bancaria, realizar el pago y la notificación con al menos 48 horas de anticipación, para evitar posibles inconvenientes con el sistema y el proveedor de servicios bancarios o de conectividad.
QUINTO. Este mensaje de datos tendrá la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos. Su promoción, control, contradicción y evacuación como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las pruebas libres en el Código de Procedimiento Civil.
SEXTO. Publicar en el portal fiscal de la Alcaldía del Municipio Girardot y en el portal fiscal del Servicio de Administración Tributaria Municipal (SATRIM), el presente comunicado en formato electrónico.
La Firma Electrónica emitida en el presente mensaje de datos corresponde al funcionario con el cargo de Superintendente Tributario Municipal, ciudadano: ERICK ALEXANDER BENI FLORES, titular de la cédula de identidad número V-13.869.086 y tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa. Dado en el Despacho del Superintendente Tributario Municipal, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
ERICK ALEXANDER BENI FLORES
SUPERINTENDENTE TRIBUTARIO MUNICIPAL
Según Resolución N° 012 de fecha 02 de enero de 2020, publicada en la
Gaceta Municipal N° 139, Ordinario de fecha 18 de febrero de 2020.